EL 20 DE JULIO, REGIONES AUTONOMICAS Y FEDERALISMO EN COLOMBIA ¿CÓMO VERDADERA INDEPENDENCIA? UN DEBATE SIN FINALIZAR
Escrito por NIXON TORRES CARCAMO
Dialogar desde la cientificidad del derecho y de las connotadas circunstancias históricas que, no solo dieron origen al Estado- Nación, como realidad y teoría euro centrista, sino también como partida de la evolución y aparición de los estados en el continente americano; nos obliga a descender en la construcción en este lado del Océano Atlántico, de la aparición de la noción de estado en la percepción objetiva de organización del territorio y por ende de sus distintos pueblos que allí se aglutinan generando identidades conocidas como nación.
El 20 julio de 1810, para algunos es tomada como parte de los hechos en la historia republicana de Colombia, en ese hecho que configura la intención de crear soberanía e independencia política, económica, cultural, territorial, etc. Para otros esta fecha es vista como parte de un conjunto de sucesos que conllevaron a la creación del estado – nación, que condujo a instaurar la vida republicana en lo que conocemos como nuestro país.
Quedarse del lado de cualesquiera de las dos visiones, nos llevaría a discusiones interminables desde la teoría política; lo importante es procesarlas como nuestro pasado muy reciente en la búsqueda de esa organización de la división de poderes, reconocimiento de derechos y principalmente de generar el bien común en todo el espectro humano-geográfico y social de nuestra búsqueda incesante de hacer realidad el sueño de convivencia pacífica bajo un orden de respeto, materialización y garantía de derechos.
En un artículo de derecho que escribí sobre “De los procesos de validación del Estado a la confección de un Estado democrático en Colombia a partir de los diálogos de paz”, en el cual discerní:
“Por ello, cuando nos planteamos si en Colombia, existe Estado o no, al tomar como fundamento los cuatro procesos sociales que estaban implicados entre sí y que configuraron el nacimiento del Estado Occidental; fundamentados en la concepción nacida desde la historia occidental. Nos corresponde analizar sí en la formación del Estado colombiano, se han dado estos cuatro procesos, que signifiquen al europeizar la formación de nuestro Estado, ¿Sí efectivamente, puede considerarse Estado, o sí por el contrario al amparo y desarrollo de una realidad propia y de conceptos occidentales distintos a estos, se puede profesar la existencia de nuestro Estado Colombiano?.
Así las cosas, al analizar el monopolio de la fuerza, entendida ésta, como la facultad de dirigir e imponer un orden jurídico, social, económico, cultural, en la sociedad, incluso con una capacidad militar a través de una fuerza; obligatoriamente tendríamos que concluir, que si tal monopolio, se fundamenta solo en los aspectos sociales, culturales, económicos, más no en el monopolio de las armas o de un solo ejército, indudablemente que la respuesta sería, que este proceso en la formación del Estado colombiano, se da, empero, si el monopolio de la fuerza, indiscutiblemente se funda, también, en el monopolio de las armas y de un solo ejército, allí, comenzaría a la luz de estos conceptos europeizados, a quebrantarse la teoría de existencia del Estado propio, porque ello, llevaría implícitamente a estudiar las dificultades de imponer un único orden a través de la figura del Estado, desde los procesos de independencia y de reconocimiento en el ámbito internacional por otros estados, desarrollados en estas latitudes desde el rompimiento con la Colonia Española, que encierra todo tipo de confrontaciones desde lo filosófico, político, religioso, cultural, y lo más desastroso para nuestra propia historia, confrontaciones armadas, que durante el Siglo XIX, marcaron arduas batallas entre partidarios de un tipo de Estado Centralista y un Estado Federalista, que en nada respetaban el derecho de gentes, hoy derechos humanos y derecho internacional huminatario, y que no fueron olvidadas en el Siglo XX y comienzos del Siglo XXI, donde la confrontación armada paso de las discusiones de Estado Federal o Estado Centralista, a las peticiones, de la Gran masa social, desde el campo, exigiendo reformas agrarias, mayor presencia del Estado, en la organización, tenencia y distribución de las tierras que; llevó inicialmente a partidos de gobierno entre el siglo XIX y XX. a que desde el mismo gobierno se fomentarán movimientos subversivos y paraestatales, como los chulavitas. Movimientos subversivos como las guerrillas liberales de miyad del siglo pasado en contra de la tiranía e inexistencia del Estado, en manos de los conservadores y posteriormente pasaran estos movimientos inspirados en ideologías liberales a ideologías comunistas, maoístas, constituyendo movimientos armados que aún hoy, tienen presencia en el concierto nacional, y que durante de más de cincuenta años, han colocado en entre dicho el monopolio de fuerza del estado, al estar constituidos como movimientos armados y con autoridad en muchos puntos geográficos de la Nación colombiana; es decir, que solamente al estudiar este proceso y comparar si cumple con este estándar Europeo, sería complejo concluir que cumple o no cumple este requisito, que estructura la conformación y existencia del Estado, más cuando al día de hoy, las causas que han aparejado el rompimiento con el monopolio de la fuerza en cabeza del Estado, desde el siglo XIX, han ido variando hasta convertirse en situaciones de desestabilización permanente, como por ejemplo, el clamor de mayor autonomía para las regiones, inversión social en educación, salud, vivienda, distribución equitativa de la tierra, fortalecimiento del agro, etc. Peticiones sociales, que fundamentan, sea legitimo o no, las estructuras armadas que han rezagado al Estado Colombiano, en la pretensión de contar con el monopolio de la fuerza, principalmente por la existencia de regiones apartadas como el VICHADA, VAUPES, AMAZONÍA, GUANIA, CAUCA entre otras, donde el Estado no hace presencia, sino los grupos armados ilegales, sean estos subversivos o no, como el caso de grupos armados alrededor del narcotráfico y contrabando, que imposibilitan un proceso de legitimación del Estado, por las comunidades de esas regiones; sin embargo en el análisis de si existe Estado o no, hay que descender en que para ciertas regiones, la presencia del Estado, si existe y allí, es evidente el monopolio de la fuerza, sustentando la posibilidad de establecer que parcialmente el Estado Colombiano, sí cumple con el proceso del monopolio de la fuerza, como condición habilitante de la existencia del mismo, alrededor de las teorías políticas eurocentristas».
Es obligatorio entonces analizar:
Que el modelo de estado: sea este federal, unitario como lo es en la actualidad desde 1886 o de autonomía regional como pretensión de un mínimo histórico de democratización, es un debate vivo y presente en nuestra actualidad.
Es tan importante esta discusión, que no es de poca monta, que el artículo 28 de la ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026, contenido en la Ley 2294 del 2023:
“REGIONES AUTONÓMICAS. El Gobierno Nacional desarrollará, articulará e impulsará las Regiones Autonómicas, como un pilar que permita una gestión pública eficiente para el desarrollo económico, social, ambiental, cultural y étnico que redunde en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes. Podrán adelantarse los siguientes lineamientos:
1. Facilitar la coordinación articulación de acciones e inversiones sectoriales en el territorio, con el fin de estructurar programas y proyectos integrales que atiendan las particularidades regionales y promuevan su desarrollo.
2. Diseñar e implementar políticas públicas que faciliten el desarrollo regional de corto, mediano y largo plazo.
3. Orientar los presupuestos de inversión anual, focalizando el gasto público en las regiones de menores condiciones sociales y económicas para elevar la calidad de vida de la población y movilizar sus capacidades de desarrollo.
4. Disminuir las brechas regionales institucionales, a través de asistencia técnica diferenciada que facilite el empoderamiento y autonomía regional.
5. Estructurar un sistema de indicadores que permita el análisis y la planificación con enfoque territorial y regional, así como su seguimiento y evaluación.
6. Incorporar de manera integral, la atención y prevención del riesgo por efecto de fenómenos naturales en la planificación y gestión del desarrollo regional.
Facilitar estrategias y acciones regionales para articular los planes de desarrollo de las entidades territoriales con las políticas nacionales.
7. Formular y distribuir el presupuesto con criterios regionales.
8. Fortalecer la institucionalidad para el diseño e implementación de políticas regionales diferenciadas y autónomas.
9. Ampliar la conectividad y comunicación local y regional para reducir las brechas económicas y sociales”.
Intente desarrollar ese estado intermedio entre federalismo y centralismo- estado unitario, como es el estado de autonómicas regionales o estado regional; sin embargo, este intento legislativo, por primera vez plasmado así, desde que entró en vigencia la Constitución de 1991, al día de hoy se encuentra en el mero papel sin vocación de materialización.
Sería importante que el actual gobierno, autor de esta iniciativa intermedia en la configuración del estado, imprimiera desde la funcionalidad de la Rama Ejecutiva del poder público; acciones que conlleven a colocar en la agenda pública, por lo menos esa idea legislativa, para comenzar a dotar a las regiones de verdadera autonomía, que finalmente tiene que ser muy bien delineada al tener enfrente las barreras propias del texto constitucional vigente que contiene cualquier avance en dotar de cierta autonomía a las regiones.
El temor de los comportamientos públicos desde las tres ramas del poder público, no es otro que, sí comienzan a desarrollar autonomías regionales, en la significación territorial de ir empoderándose de una mínima confección normativa en materia económica, de explotación de recursos, administración de gran parte de la riqueza que llega concentrada a Bogotá; para ellos significa la desaparición paulatina del estado – centralista unitario.
Lo que no quieren evidenciar es que, en la evolución de las exigencias democráticas de nuestra sociedad, las regiones aclaman mayor autonomía real y no discursiva y no ceder en ese plano, desde los poderes públicos, es ir sentando las bases para la desaparición de la unidad política colombiana, dando paso en el corto tiempo antes de finalizar el Siglo XXI, a que Colombia se divida por la fuerza de los acontecimientos futuros en varios estados.
Son estas las razones, que me conminan a invitar al país de carne y hueso, a reflexionar que el 20 de julio de 1810, no puede ser visto como un hecho muerto en la memoria histórica del país, sino como el hecho viviente que aún hoy marca la necesidad de crear una república que dote a las regiones distintas a Bogotá, de autonomía política, económica, cultural que delineen su propio futuro desde la partícula llamada territorio que sumándose al concierto de otras regiones, mantengan la unidad nacional, para que Colombia no desaparezca y seguramente que eso marcaría acciones en procura de la convivencia pacifica que como colombianos añoramos desde antes de 1810 y que sigue presente doscientos catorce (214) años después, en nuestros anhelos democráticos desde la regiones.