AL PRESIDENTE DE COLOMBIA, A LA MINISTRA DE TRANSPORTE, A LA ANI, AL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
Frente al paro camionero en protesta por el alza en los combustibles que inciden directamente en el transporte público y en la subida de precios de la canasta familiar.
Y ante una de las estrategias más de desestabilización contra el actual gobierno.
Desde la fuerza de la ciudadanía libre, que nutre los argumentos sociales, nos permitimos dar nuestra opinión democrática sobre la situación del paro actual de camioneros.
El incremento del combustible diésel en el país, con fundamento entre otras circunstancias, por el valor de compra donde participa Ecopetrol, en dólares y no en pesos colombianos; por el déficit que arrastra el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC)[1], nos muestra sí bien la base del problema no es de este gobierno, la solución y las decisiones a tomar que afectan: A los grandes transportadores (/dueños de grandes flotas de camiones), a los pequeños transportadores (dueños de pocos o un camión y a los trabajadores de los camiones que en general, son los que no son dueños, se ven afectados de forma directa, por la política que si bien es necesaria, para fortalecer la inversión social en educación, salud y otros sectores; no debe ser tomada como lo está adoptando el Ministerio de Hacienda, incrementando en el alto porcentaje que lo está haciendo el precio del combustible, afectándolos, principalmente a los pequeños transportadores y a los trabajadores – conductores en general.
Esta situación si bien es el resultado de artimañas de gobiernos anteriores; hoy la decisión que afecta no solo a los segmentos señalados, sino a la población en general, que se ve perjudicada con el incremento de los precios de los pasajes intermunicipales e interdepartamentales, el incremento en los fletes que inciden en los precios de la canasta familiar, entre otras incidencias negativas, que afectan a la población, se podrían morigerar, a pesar que: 1. Es bien conocido que hoy el transporte de carga interno de las mercancías que llegan a nuestros Puertos se transportan a través de estos sistemas terrestres, por el abandono desde hace más de ochenta (80) años del abandono de la ferroviarización del país. 2. Bajo el imperio de la constitución de 1991, se abrió la puerta para que a través de las CONCESIONES – ALIANZAS PÚBLICOS – PRIVADA (PLUTOCRACIA), se mercantilizaran todos los fines esenciales del estado, por eso hoy desde esa época, le pagamos a particulares dueños de estos negocios, quienes reciben todos los días ganancias exorbitantes producto de este modelo de negocios, el mejor ejemplo: los peajes y las construcción de nuevas líneas férreas en el país, que por estar en manos de particulares, una vez entren en funcionamiento, seguramente será más costoso ese servicio que transportar por transporte de carga tradicional, como hoy se hace. Ante esta situaciones históricas y actuales, la respuesta del gobierno no puede ser la de adoptar políticas que favorezcan a las exigencias de los mercados internos e internacionales en contra de los intereses nacionales de la población en la forma como se están adoptando las alzas, puesto que no solo se afecta a los GRANDES TRANSPORTADORES, nos afecta a todos de forma indirecta.
Por ello es necesario que se adopten políticas más flexibles. Por ello proponemos:
Los derechos de los trabajadores – transportadores, en materia de seguridad social, salarios y prestaciones sociales.
Reglamentación de las obligaciones de los servicios de transporte que se ofrecen a través de aplicaciones virtuales, que deben ser llevadas a legalizar su actividad de transporte al igual que los transportadores formalizados.
Regular, estableciendo la formula financiera, de las tarifas máximas permitidas que se les puede cobrar como propietario de vehículo de servicio público; para evitar la usura y sobre explotación de los trabajadores – conductores, que finalmente sí las tarifas son onerosas incrementan el precio final al usuario.
Regular los fletes.
Costos de los peajes, fijando la el marco tarifario que nunca ha existido desde 1993 y que ha permitido el cobro excesivo y sin control por parte de LOS DUEÑOS DE LAS CONCESIONES (sentencia de la Corte Constitucional C-200 del 2021).
Estos serían algunos de los aspectos que se propone hagan su tránsito legislativo.
Estas serían algunas de las propuestas que realizamos, para su estudio en la mesa de negociación que se tienen con los transportadores de carga, en estos momentos.
La salida al conflicto generado, debe ser concertada, mediante el dialogo entre las partes.
Atentamente:
MAXIMO NORIEGA RODRIGUEZ
C.C. No 6.889.892
NIXON TORRES CARCAMO
C.C. No 72.193.712
[1]Comité Autónomo de la Regla Fiscal – informe del 26 de abril del 2022: “Las principales definiciones (Decreto 1451 de 2018) relevantes para entender el funcionamiento del FEPC son las siguientes: – Precio de Paridad (PP): precio calculado por el MME, tomando como referencia el precio diario de los combustibles en el mercado de la Costa Estadounidense del Golfo de México u otro mercado competitivo. – Ingreso al Productor (IP): precio fijado por el MME al que los refinadores/importadores venden GMC o ACPM en el mercado nacional. – Diferencial de Compensación: es la diferencia entre el IP y el PP, cuando el PP es mayor al IP el FEPC debe pagarles a los refinadores la diferencia multiplicada por el volumen de combustible vendido. Este es el mecanismo de desahorro del Fondo. – Diferencial de participación: es la diferencia entre el IP y el PP, cuando el PP es menor al IP el Fondo les cobra a los refinadores/importadores la diferencia multiplicada por el volumen de combustible vendido. Este es el mecanismo de ahorro del Fondo”.